martes, 3 de agosto de 2010

Juez aclaró que nunca liberó a agresor que quemó a su pareja con agua hirviendo




Zoilo Enríquez Sotelo es un magistrado que proviene de las cánteras de la Policía de Investigaciones .

Se retiro de la PIP cuando era oficial y siguió una brillante carrera como magistrado, incluso, estuvo de vocal suplente en algunas salas penales.

Así que ha sido oportuno que aclare la versión que circulaba en algunos medios de que había liberado al agresor que quemó a su pareja con agua hirviendo
.

El magistrado de la Corte de Lima Zoilo Enríquez Sotelo afirmó que devolvió la solicitud de detención preliminar contra Julio César Jaime Sal y Rosas por omisiones de la 48 Fiscalía Penal de Lima

Lunes 02 de agosto de 2010 - 08:52 pm

(Andina / elcomercio.pe).- El magistrado del Séptimo Juzgado Penal de Lima, Zoilo Enríquez Sotelo, precisó que jamás dispuso la liberación de Julio César Jaime Sal y Rosas, el sujeto que la madrugada del 28 de julio quemó a su pareja, pues este no tenía la condición legal de detenido.

El juez aclaró que su participación se limitó a devolver la solicitud de detención preliminar presentada por la 48 Fiscalía Provincial Penal de Lima en contra del referido denunciado, porque la misma presentaba omisiones que necesariamente debían ser subsanadas.

Enríquez explicó que la primera omisión es que el Certificado Médico Legal expedido a la agraviada Elizabeth Alanya Sánchez no da cuenta de la gravedad de la lesión, limitándose a concluir: “Para poder pronunciarnos se requiere de informe médico detallado del hospital Loayza”.

Por este motivo, refiere, el mismo día del requerimiento (sábado 31 de julio) devolvió a la Fiscalía la solicitud de detención preliminar a fin de que se subsane dicha omisión y precise con exactitud la gravedad de la lesión de Alanya Sánchez, por constituir un elemento de prueba y que a él le permitirá calificar el delito o la falta.

Al respecto, mencionó que hasta las 13:30 horas de hoy dicha subsanación no fue presentada al Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte de Lima.

AGRESOR NO FUE NOTIFICADO

La segunda omisión, explicó Enríquez Sotelo, es que el expediente de detención preliminar no contenía la notificación al investigado para que concurra a rendir su manifestación sobre los hechos acontecidos.

Al respecto, explicó que legalmente el denunciado no tenía la condición de detenido, porque esta solo procede por orden judicial y cuando hay flagrancia (es retenido en el momento de los hechos).

Los hechos se dieron a las 03:00 horas del 28 de julio, cuando el investigado y la agraviada sostuvieron una acalorada discusión en el interior del inmueble ubicado en la cuarta cuadra del jirón Libertad, en el Rímac.

En esa ocasión, Jaime Sal y Rosas aprovechó un descuido de Alanya Sánchez para arrojarle agua caliente en el rostro y parte del cuerpo, y luego se dio a la fuga.

2 comentarios:

PIP dijo...

Se requiere llevar a cabo una Investigacion Criminal Profesional y no estar haciendo lo que hace el MINUP, donde el unico perjudicado es el cuidadano de a pie.
Es imperiosa la necesidad de rearpeturar una Escuela de Investigacion.

Anónimo dijo...

LO QUE SE DEBE DAR POR APROBADA ES LA MODIFICATORIA DE LEY PRESENTADA POR MERCEDES CABANILLAS Y QUE ESTA EN COMISION EN EL CONGRESO, PARA SU APROBACION Y SI LOS FISCALES POR NO TENER FORMACION POLICIAL COMO LA PNP MUCHAS VECES COMETEN ERRORES GARRAFALES QUE NO HACEN SI NO ENTORPECER LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, CREANDO LA IMPUNIDAD EN LA SOCIEDAD Y LA LIBERTAD DE LOS DELINCUENTES QUE LUEGODE ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DEL NCPP CONFESION SINCERA, TERMINACION ANTICIPADA OBTIENEN SU LIBERTAD Y SALEN A SEGUIR COMETIENDO SUS LATROCINIO ASESINATOS Y FECHORIAS Y ELLOS (FISCALES) GRACIAS MIENTRAS LA POLICIA TIENE QUE SEGUIR CON SU LABOR HOY MANIATADA DE VOLVER A CAPTURARLOS Y PONERLOS A DISPOSICION PARA QUE BNUEVAMENTE OBTENGAN SU LIBERTAD HASTA CUANDO POR FAVOR DEBEMOS HACER ALGO, EL ESPIRITU DE LA NORMA DE LOS BENEFICIOS NO ES PARA TODO DELITO NI PARA TODO DELINCUENTE, HOY POR HOY CUANDO LA POLICIA ACOMPAÑA AL "INFORME" TODOS LOS ACTUADOS QUE INCRIMINAN Y DONDE NO SE REQUIERE NINGUNA CONFESION PUES ESTA CLARA LA CULPABILIDAD LOS FISCALES APLICAN LA CONFESION SINCERA, ALGO NEGATIVO Y QUE LINDA CON LO CORRUPTO...VICTORIANO65